MARCAS Y PATENTES

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BREVE MANUAL SOBRE PROPIEDAD INDUSTRIAL

1. ¿Qué es una marca?

La marca y el nombre comercial son signos distintivos que se protegen mediante títulos otorgados por el Estado y que confieren a su titular el derecho exclusivo de utilizarlos en el tráfico económico, e impedir a otros la utilización en España de los signos distintivos protegidos. La marca es un signo que permite a los empresarios y profesionales distinguir sus productos o servicios frente a los productos o servicios de los competidores. Ir arriba

2. ¿Qué es un nombre comercial?

El nombre comercial es el signo o denominación que identifica a una empresa en el tráfico mercantil y que sirve para distinguirla de las demás empresas que desarrollan actividades idénticas o similares. Ir arriba

3. ¿Qué puede ser objeto de una marca?

Podrán, especialmente, constituir marca los siguientes signos o medios:

- Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar las personas, por ejemplo, “ABRIGAD2” para distinguir marcas o para servicios “El Cigaleño” como nombre artístico.

- Las imágenes, figuras, símbolos y gráficos, por ejemplo, la representación de un caballo con las patas delanteras en alto que distingue los coches Ferrari.

- Las letras, las cifras y sus combinaciones, por ejemplo, SCH o Licor 43.

- Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases, la forma del producto o su presentación.

- Los sonidos.

- Cualquier combinación de los signos o medios que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores. Ir arriba

4. ¿Qué es lo que no puede ser objeto de marca?

La ley establece una serie de prohibiciones:

- signos que no tienen capacidad suficiente para distinguir, por ejemplo, un punto o una línea sin ningún otro elemento caracterizador.

- signos genéricos y específicos, por ejemplo chocolate para distinguir “chocolate”, aquellos que se compongan exclusivamente de signos que en el comercio o en el lenguaje corriente hayan llegado a constituir una denominación necesaria o usual de producto o servicio del que se trate, por ejemplo, “Rollitos de primavera” para distinguir productos alimenticios.

- signos descriptivos: los que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que sirvan en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica, la época de producción del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o del servicio, por ejemplo, “Edición selecta”, o “Fresas de mayo”.

- signos engañosos, por ejemplo, “Oleoliva” para distinguir todo tipo de aceites y grasas comestibles.

- signos contrarios a la Ley o al orden público, por ejemplo, cualquier marca xenófoba o sexista.

- formas que vengan impuestas por razones de orden técnico o por la naturaleza de los propios productos o que afecten a su valor intrínseco, por ejemplo, la representación de una antena parabólica para distinguir antenas parabólicas o la de un limpiaparabrisas para limpiaparabrisas, o la representación de un lapicero sin ningún elemento de fantasía o caprichosa.

- Determinados signos protegidos legalmente como banderas y escudos de Estados, Comunidades Autónomas, etc. Ir arriba

5. ¿Cuáles son las principales obligaciones del titular de la marca y del nombre comercial?

Para obtener la protección debe procederse al registro de la marca o del nombre comercial. El titular tiene la obligación de usar la marca, bien por sí mismo o bien a través de persona autorizada por él. Si la marca no se usa, los tribunales podrán declarar su caducidad. Ir arriba

6. ¿En qué se diferencia la marca del nombre de dominio?

El nombre de dominio es la dirección de “internet” que puede obtenerse en el caso de los dominios.es de la entidad pública correspondiente. Cuando se registra un nombre que entra en conflicto con una marca puede obtenerse protección legal bien ante los tribunales bien ante el sistema de arbitraje establecido por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Ir arriba

7. ¿En qué se diferencia la marca del diseño industrial?

La marca es un signo que sirve para distinguir productos o servicios y que puede incluir formas bidimensionales y tridimensionales. El diseño industrial es un derecho de exclusiva que se otorga sobre la apariencia estética de un producto y que tiene requisitos distintos a la marca. Son susceptibles de protección las formas bidimensionales (por ejemplo el estampado de una camisa) y las tridimensionales (por ejemplo la forma de un envase). Ir arriba

8. ¿Por cuanto tiempo se concede una marca o un nombre comercial?

Diez años desde la fecha de su solicitud. A los diez años la marca y/o el nombre comercial debe renovarse. La marca y/o el nombre comercial pueden renovarse indefinidamente.

Su agente de la propiedad industrial le avisará del vencimiento de dicho plazo con antelación suficiente. Es importante que comunique a su agente cualquier cambio de domicilio. Es recomendable que señale como medio de notificación preferente una dirección de correo electrónico, dada la rapidez con la que recibirá cualquier aviso. Ir arriba

9. ¿Cuánto cuesta obtener una marca o nombre comercial en España?

Contacte con su agente de la propiedad industrial y le informará.

Para mantener el derecho sobre la marca o sobre el nombre comercial hay que hacer frente a las renovaciones cada diez años. El importe de las renovaciones estas tasas se actualiza anualmente. Ir arriba

10. ¿Qué requisitos son necesario para obtener una marca o un nombre comercial?

Es necesario que el signo que se pretende registrar sea lícito, es decir que no incurra en ninguna de las prohibiciones que establece la ley, y que esté disponible, es decir que no entre en conflicto con otros derechos anteriores, ya sea a titulo de marca u otro derecho privativo, como es el derecho al nombre, derecho de propiedad intelectual, etc. Ir arriba

11. ¿La existencia de derechos anteriores será siempre motivo de denegación de una marca o nombre comercial?

En algunos supuestos también podría obtenerse el registro de una marca o nombre comercial similar a otros anteriores, cuando los productos, servicios o actividades que distinguen sean lo suficientemente dispares, como para no inducir a error o generar un riesgo de asociación, por ejemplo, ABRIGA2 concedida para distinguir “mantas” de la clase 24, no impediría el registro de la misma denominación para amparar “una publicación periódica” de la clase 16. Este llamado “principio de la especialidad“, quiebra cuando se trata de marcas notorias o renombradas. La marca notoria y la marca renombrada gozan de una protección legalmente reforzada, y no podría concederse, por ejemplo, EL POZO para “bebidas alcohólicas” de la clase 32, dada su notoriedad en el sector alimenticio aunque no exactamente respecto de las bebidas.

El organismo público encargado de la concesión o denegación de la marca, con respecto de cada nueva solicitud, una búsqueda informática de anterioridades y cursa un aviso, a efectos meramente informativos, al solicitante o titular de registros anteriores, para que si lo desea, pueda formular oposición. Si ésta no se produce, el organismo público competente no podrá denegar de oficio la nueva solicitud por semejanza con un derecho anterior. Ir arriba

12. ¿Cómo se solicita una marca o un nombre comercial?

Bien personalmente ante el organismo público que concederá o denegará la misma, o bien, y esto suele ser lo más aconsejable, por la complejidad y las incidencias que pueden surgir, a través de representante o agente de la propiedad industrial.

Si usted no tiene residencia o un establecimiento serio y efectivo en cualquier país de la Unión Europea, obligatoriamente, deberá ser representado por un agente. Ir arriba

13. ¿Qué papel juega el agente de la propiedad industrial en relación con las marcas y nombres comerciales?

El agente, a cambio de unos honorarios, ofrece sus servicios para asesorar, asistir o representar al solicitante en la obtención de las marcas o nombres comerciales y en la defensa y conservación de los derechos derivados de los mismos.

Dése cuenta que sin el asesoramiento adecuado, usted no podrá formular oposiciones a pretensiones de registro de marcas de terceros, contestar suspensos de forma o de fondo, formular recursos, ni en definitiva, hacer frente a incidencias que pueden producirse. Ir arriba

14. ¿Su agente de la propiedad industrial le puede dar información sobre la registrabilidad de una marca o nombre comercial?

Sí. Su agente dispone de un servicio de elaboración de búsquedas a través del cual puede obtenerse la información relevante sobre la registrabilidad de un signo. Sin embargo, ese informe no prejuzga las resoluciones que el organismo público competente para la concesión o denegación de la misma pueda adoptar si se presenta una solicitud de marca para proteger el signo en cuestión, o si un Tribunal debe decidir al respecto. Ir arriba

15. Si ha decidido proteger su marca, ¿es importante presentar la solicitud cuanto antes?

Sí. De esta manera obtiene una fecha de presentación de la solicitud frente al que la solicite posteriormente y por una tasa módica. Aún cuando no tenga ultimados todos los requisitos formales, conviene presentar la solicitud y cumplir posteriormente con el resto de los requisitos.

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